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ORDENANZA Nº 025 / 2017

ARTÍCULO 1º: Incorporar un artículo a la Ordenanza N° 21/2016 que quedará redactado de la siguiente manera: “La presente Ordenanza tendrá una vigencia de 180 días a partir de la promulgación de su modificatoria (N° y año), sujeto a la presentación de la documentación que marcan las leyes provinciales para su habilitación y el inicio de obras en el predio”.

ARTICULO 2º: De forma

Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil diecisiete.

Fecha de Publicación: 01/08/2017

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 18/07/2017