ORDENANZA N° 50/94
ARTÍCULO 1°: Créese una Cuenta Especial denominada "Consorcio Ampliación red Cloacal".
ARTÍCULO 2°: Serán los ingresos de esta Cuenta Especial los fondos depositados por los distintos consorcios.
ARTÍCULO 3°: Serán egresos de esta Cuenta Especial los que se realicen por gastos para la construcción de la obra.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese, publíquese, dese al DEM. y cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veinte días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro.