ORDENANZA Nº 48/89
ARTÍCULO 1: Fíjase como sueldo mínimo de bolsillo para el personal contratado a partir del 1º de Junio de 1989, la suma de 8.700 Australes.-
ARTÍCULO 2: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los doce días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y nueve.