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ORDENANZA Nº 40/89

 

ARTÍCULO 1: Créase una cuenta Especial los provenientes de la Provincia de Buenos Aires como así también las donaciones que pudieran efectuar vecinos e Instituciones.-

 

ARTÍCULO 2: Serán ingresos de esta Cuenta Especial los provenientes de la Provincia de Bs. As. como así también las donaciones que  pudieran efectuar vecinos e Instituciones.-

 

ARTÍCULO 3: Serán egresos de esta Cuenta los gastos destinados a las compras que se efectúen para el funcionamientos de los distintos comedores que se creen en el Partido.-

 

ARTÍCULO 4: Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los trece días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y nueve.

 

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 13/06/1989