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ORDENANZA Nº 84/90

 

ARTÍCULO 1: A partir de la promulgación de la presente Ordenanza, todas las unidades de la Empresa Transporte del Oeste S.A., que deban descender pasajeros en la Plaza Central de Marcos Paz, lo harán sobre la calle Belgrano entre 9 de Julio y 25 de Mayo.-

 

ARTÍCULO 2: Solamente permanecerán en la calle Sarmiento, aquellas unidades próximas a partir por un lapso de tiempo no mayor a 5 minutos, a sus destinos de línea y bajo ningún concepto podrá utilizarse la parada como lugar de espera o de limpieza de unidades.-

 

ARTÍCULO 3: Los colectivos que deban esperar se turno de salida, lo podrán hacer sobre la calle Belgrano entre 9 de Julio y 25 de Mayo, o en su propio estacionamiento.-

 

ARTÍCULO 4: El D.E. arbitrará los medios de contralor necesarios para dar estricto cumplimiento a la presente Ordenanza.-

 

ARTÍCULO 5: Quedan exceptuados de los alcances de la presente noema legal, las unidades que arriben a ésta Ciudad provenientes de la de Navarro en calidad de rápidos, los que continuarán prestando servicios bajo las normas que los rigen en la actualidad.-

 

ARTÍCULO 6: Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diecisiete días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa

 

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 17/12/1990