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ORDENANZA Nº 78/90

 

ARTÍCULO 1: Modificase el Art.3 de la Ordenanza Complementaria del Presupuesto Nº 51/90 fijándose una bonificación del 3,5% del sueldo básico por año trabajados.-

 

ARTÍCULO 2: Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los cuatro días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 04/12/1990