ORDENANZA Nº 78/90
ARTÍCULO 1: Modificase el Art.3 de la Ordenanza Complementaria del Presupuesto Nº 51/90 fijándose una bonificación del 3,5% del sueldo básico por año trabajados.-
ARTÍCULO 2: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los cuatro días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa