Observaciones:
> La Ordenanza Impositiva 1990 se encuentra en Archivo Adjunto
ORDENANZA N° 03/90
ARTICULO 1°: Apruébase la Ordenanza Impositiva para el ejercico del año 1990, adjunta a la presente y que consta de 41 artículos y 23 folios útiles.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, publíquese, cumplido archívese.
ORDENANZA PREPARATORIA Nº 01/90
ARTÍCULO 1°: Apruébase en carácter de Ordenanza Preparatoria el Despacho de la Comisión de presupuesto Hacienda y Cuentas de este H. Cuerpo, para la ordenanza Impositiva correspondiente al ejercicio 1990.-
ARTÍCULO 2°: Fíjase como fecha de vencimiento para las tasas comprendidas en los respectivos Capítulos del Proyecto presentado, las siguientes:
a) Tasas por alumbrado, barrido, limpieza y conservación de la vía pública (Vencimientos)
27/4 - 29/6 - 30/8 - 31/10 - 31/12
b) Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal:
30/3 - 25/5 - 27/7 - 28/9 - 31/12
c) Tasa por Servicios Sanitarios (todos los códigos)
30/3 - 24/5 - 27/7 - 28/9 - 31/12
ARTÍCULO 3°: Todos los importes fijos y mínimos previstos en los distintos tributos serán actualizados mensualmente en función de la variación que experimente el índice del costo de vida (mayorista a nivel gral. I.N.D.E.C.) a partir del 1 de Marzo de 1990.-
ARTÍCULO 4°: Los importes de las tasas de los Capítulos I "Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública"; Capítulo XVII "Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal" y Capítulo XXII "Tasa por Servicios Sanitarios" de la Ordenanza Impositiva serán actualizados mensualmente de acuerdo a la variación del costo de Vida (Mayorista a nivel Gral. del I.N.D.E.C.) a partir del 1 de Marzo de 1990.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, en el primer día del mes de mayo del año mil novecientos noventa