ORDENANZA Nº 65/88
ARTÍCULO 1: Increméntase el crédito de la Partida 2.3.2.5.2.7. "Nichos en el Cementerio" en la suma de =A= 28.804,21.-
ARTÍCULO 2: El crédito necesario para cumplimentar lo dispuesto en el Art.1 será tomado de 2.3.2.5.1.2. "Maquinas, Motores y Herramientas" en la suma de =A= 28.804,21.-
ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiséis días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y ocho