ORDENANZA N° 79/86
ARTÍCULO 1: Deróganse las Ordenanzas N° 4 y 18/86 respectivamente.-
ARTÍCULO 2: Gestionar ante los organismos pertinentes el cambio de destino de los subsidios otorgados, para la adquisición de un inmueble para el Centro Educativo Complementario.-
ARTÍCULO 3: Cumplido lo establecido en el artículo que antecede, facultase al D.E. a evaluar propuestas de inmuebles que cumplan con los requisitos establecidos para tal fin.-
ARTÍCULO 4: Fíjase un plazo no mayor de treinta días (30) a partir de la sanción de la presente Ordenanza, para la elevación del Proyecto de Ordenanza respectivo.-
ARTÍCULO 5: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintisiete días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y seis