ORDENANZA N° 064 / 2021
Artículo 1º: Prohíbase a partir del 1° de enero de 2023, el uso, distribución, comercialización de sorbetes descartables, que estén compuestos, en su integridad, por cualquier variedad de plástico.
Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo designará la autoridad de aplicación de la presente ordenanza.
Artículo 3°: Serán funciones de la autoridad de aplicación:
Desarrollar campañas de información y concientización sobre la prohibición objeto de la presente Ordenanza, para fomentar la distribución de utensilios reutilizables o, en su defecto, de utensilios descartables biodegradables a partir de los 120 días de promulgada la misma.
Artículo 4°: El incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente ordenanza, será considerado una contravención, y sancionado de conformidad con el procedimiento establecido en el Código de Faltas (Decreto ley 8031/73, sus complementarias y modificatorias) y la Ordenanza 048/2006.
Artículo 5: De Forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.-
Fecha de publicación: 15/11/2021