ORDENANZA N° 60/2013
ARTICULO 1°: Se delimitará un espacio de un metro con veinte centímetros de ancho a lo largo de la cinta asfáltica en el lado opuesto del estacionamiento, en las calles Belgrano en toda su extensión, Sarmiento y Avellaneda entre José C. Paz y Rodríguez Peña, Balcarce desde José C. Paz hasta Rodríguez Peña, Lavalle entre Rodríguez Peña y José C. Paz , San Martín, Alsina, Pellegrini y Agüero desde Rivadavia hasta Libertad y Bartolomé Mitre desde Belgrano hasta Libertad.
ARTICULO 2°: La delimitación a que hace referencia el artículo anterior se materializará en el pintado de una línea blanca contigua que recorra el pavimento en todo el largo de la cuadra interrumpiéndose solo en la boca-calle.
ARTICULO 3°: Por este carril resultante circularán exclusivamente las bicicletas, ciclomotores y motos.
ARTICULO 4°: Las medidas, espesores y material se adecuaran a lo normado en los artículos 26 al 28 del capítulo VI del anexo L del Decreto reglamentario 779/95 de la Ley Nacional 24449.
ARTICULO 5°: El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá lo pertinente para informar y concientizar a la ciudadanía de lo aquí normado.
ARTICULO 6°: De Forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diecinueve días del mes de septiembre del año dos mil trece.
Fecha de publicación: 03/10/2013