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Marcos Paz, 2010, en el Año del Bicentenario


ORDENANZA Nº 52/2010


ARTÍCULO 1°: Créese la Comisión Municipal de la Autovia 40 con el fin de promocionar acciones concurrentes al desarrollo integral de la misma y su zona de influencia.

 

ARTÍCULO 2°: Dicha Comisión será integrada por un (1) Concejal por cada bloque político y podrá, por simple mayoría de sus componentes, invitar ocasionalmente a representantes de colegios de arquitectos, ingenieros, cámara de comercio, cámara de turismo, etc. y estará presidida por un representante del EM, preferentemente, de la Secretaría de Planificación, Obras y Servicios.

 

ARTÍCULO 3°: Confeccionara documentos que plasme el parecer del cuerpo sobre aspectos tener en cuenta en el desarrollo de la autovia 40 y que serán presentados al HCD en su conjunto para su conocimiento, tratamiento y posterior aprobación.

 

ARTÍCULO 4°: El material resultante ampliara y/o complementara las consideraciones del DEM sobre la temática y potenciara su accionar con el aporte de la diversidad.

 

ARTÍCULO 5°: Articulara acciones con otros municipios surcados por la autovia 40 para gestionar en conjunto la implementación de los pactado respetando la totalidad de las propuestas y sin perdida de continuidad en la ejecución de las mismas.

 

ARTÍCULO 6°: Esta comisión se reunirá, al menos, una vez por mes y presentara un informe de lo actuado a este Honorable Cuerpo cada tres meses.

 

ARTÍCULO 7°: Dicha comisión elaborara su propio reglamento que presentara a este Honorable Cuerpo para su aprobación.

 

ARTÍCULO 8°: De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dieciséis días del mes de septiembre del año dos mil diez.

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 16/09/2010