Observaciones:
> Vetada totalmente por Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal N° 1082/08 del día 25/08/2008.
ORDENANZA N° 52/2008
ARTÍCULO 1º: Se establece la instalación de semáforos en las siguientes esquinas:
- Sarmiento y Agüero
- Sarmiento y Avenida. Independencia
- Sarmiento y Bartolomé Mitre
- Sarmiento y Alsina
- Sarmiento y Avenida. San Martín
- Avellaneda y Bartolomé Mitre
- Avellaneda y Avenida. Independencia
ARTÍCULO 2º: Todos estos semáforos deben actuar en forma coordinada, inclusive con el que ya esta funcionando en Sarmiento y Carlos Pellegrini.
ARTÍCULO 3º: Estos aparatos deben funcionar los 365 días del año en el horario de 6 a 24 horas. Fuera este rango de tiempo debe permanecer con su luz amarilla intermitente.
ARTÍCULO 4º: Estos semáforos deberán estar provistos de un brazo de metal de manera tal que su visualización sea posible por transeúntes y conductores, teniendo la altura que dictamen las normativas provinciales y nacionales al respecto.
ARTÍCULO 5º: Se autoriza al Departamento Ejecutivo el llamado a licitación pública para la contratación de la empresa que pueda llevar adelante este cometido y luego someter esta a la aprobación del Honorable Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 6º: Dentro de las cláusulas de esta licitación debe existir aquella que indique que la empresa adjudicataria deberá capacitar a personal de la municipalidad para el mantenimiento de los mismos.
ARTÍCULO 7º: La instalación mencionada en el Art. 1° del presente documento estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria del DEM para este fin.
ARTÍCULO 8°: De Forma
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil ocho.
Marcos Paz, 25 de Agosto de 2008
Visto.
La Ordenanza 49/2008 y la Ordenanza 52/2008.
El Art. 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Considerando.
Que con fecha 22 de agosto de 2008 se han notificado a este Departamento Ejecutivo Municipal sendas ordenanzas 49/2008 y 52/2008.
Que en las consideraciones expuestas en los mencionados cuerpos legislativos se desprenden las siguientes conclusiones, que este DEM comparte totalmente, a saber:
- “…las excesivas velocidades registradas en la circulación de vehículos en las calles troncales de nuestra ciudad, que tornan a los vehículos en armas peligrosas para toda la comunidad.”
- “Que la velocidad es un factor de riesgo muy importante con respecto a los accidentes qué se producen en nuestra ciudad.”
- “Que la circulación de vehículos en nuestra ciudad debe ser ordenada tanto para peatones como para automotores.”
- “Que dicha circulación debe propender a evitar la mayor cantidad de riesgos posibles.”
Que el DEM entiende la necesidad de adecuar en forma integral la Problemática de tránsito, en cuanto a direccionamiento, velocidad de circulación, regulación de flujo y estacionamientos.
Que se reconocen las situaciones de peligrosidad que requieren la imperiosa implementación de medidas a corto plazo.
Que mediante la sanción de la Ordenanza 49/2008 se estableció la colocación de reductores de velocidad físicos en diferentes arterias del casco urbano de nuestro Partido.
Que mediante la sanción de la Ordenanza 52/2008 se plantea una segunda solución al mismo problema, resultando esto redundante.
Que si bien se cree necesaria la ubicación de semáforos en ciertos puntos del casco urbano, no se cree oportuno colocar cuatro semáforos consecutivos sobre la calle Sarmiento, distantes a 100 mts. uno de otro, con lo cual no se estaría dando resolución definitiva al problema expuesto sino que se entorpecería en gran medida la circulación fluida, ni tampoco resuelve la inseguridad del peatón.
POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ
DECRETA (1082/08)
ARTÍCULO 1°: Vétase totalmente la Ordenanza 52/2008.
ARTÍCULO 2°: De Forma.
Firman: Ricardo Curutchet Intendente Municipal
Palmira Chaar Secretaria de Gestión y Gobierno