Observaciones:
- El plazo establecido en el Artículo 7° es modificado por las Ordenanzas N° 41/2001- 51/2001- 02/2002 y 08/2002
ORDENANZA N° 29/2001
ARTÍCULO 1°: Establécese los siguientes planes de Condonación Parcial y Progresivos y Plan de pagos Total para la deuda de las Tasas de Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Servicios Sanitarios, Contribución de Mejoras y Red Vial que incluyen los períodos anteriores a la sanción de la presente.
ARTÍCULO 2°: PLAN DE PAGOS PARCIAL Y PROGRESIVOS:
Con el pago de cada cuota adeudada, que se haya incluido en el plan de pagos, se cancelará conjuntamente otra cuota comenzando por la más antigua.
ARTÍCULO 3°: PLAN DE PAGO TOTAL:
Con el pago del 50% de la deuda se tendrá por cancelado el total de la misma.
ARTÍCULO 4°: A los fines del plan dispuesto en el Artículo 3° de la presente, los valores a abonar serán los básicos, lo que implicará la no aplicación del recargo fijado en la ordenanza fiscal.
ARTÍCULO 5°: Para acceder al plan que se establece son requisitos:
a)-Ser propietario o contribuyente con obligaciones afectadas al pago de inmuebles ubicados en las zonas comprendidas por las tasas especificadas en el artículo 1° de la presente.
ARTÍCULO 6°: Cuando se registren atrasos en el pago de las cuotas establecidas en la presente ordenanza, el contribuyente u obligado al pago podrá continuar en el mismo, abonando las cuotas impagas con un recargo del 1% mensual.
La posibilidad de lo precedentemente expuesto caducará con la última cuota del plan.
ARTÍCULO 7°: A los efectos de acogerse al plan de condonación parcial, progresiva y total habrá una vigencia de cuarenta y cinco (45) días a partir de la promulgación de la presente ordenanza.
Ordenanza N° 41/2001: Ampliase, el plazo de vigencia para acogerse al plan de condonación parcial, progresiva y total sancionado por ordenanza 29/2001, hasta el 31 de diciembre del año 2001.
Ordenanza N° 51/2001: Ampliase, la prórroga establecida por ordenanza 41/2001para acogerse al plan de condonación parcial, progresiva y total sancionado por ordenanza 29/2001, hasta el 31 de marzo del año 2002.
Ordenanza N° 02/2002: Ampliase, hasta el 30 de junio del año 2002 el plazo de vigencia para acogerse al plan de condonación parcial, progresiva y total sancionado por ordenanzas 29/2001, (Tasas de Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Servicios Sanitarios, Contribución de Mejoras y Red Vial) y 49/2001(Tasa de Seguridad e Higiene). Ordenanza N° 08/2002: Ampliase, hasta el 30 de septiembre 2002 el plazo de vigencia para acogerse al plan de condonación parcial, progresiva y total sancionado por ordenanzas 29/2001, (Tasas de Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Servicios Sanitarios, Contribución de Mejoras y Red Vial) y 49/2001(Tasa de Seguridad e Higiene).
ARTÍCULO 8°: Quedan incluidos en el presente régimen los contribuyentes que tengan planes de pago en cuotas.
ARTÍCULO 9°: Quedan excluidos del beneficio otorgado por la presente ordenanza aquellas partidas que posean juicio de apremio iniciado al momento de su entrada en vigencia.
ARTÍCULO 10°: Suspéndase, por el plazo en el que rija la presente ordenanza, la iniciación de nuevas acciones legales por deudas correspondientes a las tasas indicadas en el Artículo 1° de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 11°: Establécese la novación de todas las obligaciones adeudadas por las tasas dispuestas en el Artículo 1°. La novación implicará la consolidación de la deuda en un monto único, de conformidad con el procedimiento establecido.
ARTÍCULO 12 °: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los trece días del mes de agosto del año dos mil uno.