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ORDENANZA N° 55/99

 

ARTÍCULO 1º: DENOMINASE Barrio “San Marcos” a la zona urbana comprendida por la vereda este de la calle Vieytes, la vereda Sur de la calle Piedras, la vereda Norte de la calle Ameghino y la vereda Oeste de la Calle Balcarce.

 

ARTÍCULO 2º: Adjuntase, como anexo I de la presente, copia de la solicitud puesta a consideración de los vecinos.

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al D.E.M.; dese al R.O.; publíquese y cumplido archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los treinta  días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y nueve

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 30/12/1999