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ORDENANZA Nº 54/99

 

ARTÍCULO 1º: Derógase las Ordenanzas 29/99 y 30/99.

 

ARTÍCULO 2º: Créase una bonificación bajo la figura “BONIFICACION POR CONDUCCION”, para el Personal Jerárquico y Superior, de la comuna.

 

ARTÍCULO 3º: Limítase como tope de Bonificación, el Sueldo Básico más antigüedad, de cada agente tomado del Escalafón Municipal en vigencia.

 

ARTÍCULO 4º: Tal Bonificación será asignada por elDepartamento Ejecutivo, en virtud de la reglamentación que a tal efecto, deberá dictar.

 

ARTÍCULO 5º: El Departamento Ejecutivo imputará tal bonificación a la partida presupuestaria que corresponda.

 

ARTÍCULO 6º: Comuníquese al D.E.M., dese al R.O., publíquese y cumplido archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dieciséis días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y nueve.

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 16/12/1999