Observaciones:
- Sancionada definitivamente por la Ordenanza N° 28/99
ORDENANZA N°18/99
ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar un préstamo con el Banco de la Provincia de Buenos Aires por hasta la suma de $ 260.000.- (pesos doscientos sesenta mil), en las siguientes condiciones:
Plazo y forma de pago: hasta 6 años con servicios de amortización semestrales, iguales y consecutivos.
Interés: el 5,5 % anual, pagadero mensualmente.
ARTÍCULO 2º: En garantía de la operación autorizada en el artículo 1º, se declaran afectados los recursos ordinarios de la Comuna establecidos en el artículo 49º de la Ley Orgánica Municipal.-
ARTÍCULO 3º: Los fondos de endeudamiento que se autoriza por la presente serán destinados a cubrir gastos generales de materiales generados por el Plan Trabajar.-
ARTÍCULO 4º: El Departamento Ejecutivo deberá prever en los ejercicios futuros las partidas necesarias para atender los servicios de amortización e intereses del endeudamiento que se autoriza.-
ARTÍCULO 5º: Elévese la presente al Honorable tribunal de Cuentas a los efectos de que éste se pronuncie sobre la legalidad de la operación y las posibilidades financieras de la Comuna, Comuníquese al D.E.M., dese al R.O., publíquese y cumplido archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, al primer día del mes de julio del año mil novecientos noventa y nueve.