ORDENANZA N° 81/84
ARTÍCULO 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a gestionar la construcción de veredas en las calles que a continuación se detallan:
a) Dr. Marcos Paz desde San Juan hasta Diag. Monteagudo.-
b) Av. San Martín desde Callao hasta Av. Libertad.-
c) Piedras desde Lavalle hasta Av. Libertad.-
d) Avellaneda desde Vélez Sarsfield hasta Piedras.-
ARTÍCULO 2: Las obras a realizarse serán a cargo de los vecinos frentista, dentro de un plazo de noventa días corridos a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 3: El Departamento Ejecutivo por intermedio de la Secretaría de Obras y Servicios efectuar la nivelación del terreno y la correspondiente planificación a efectos de reglamentar la ejecución de esta obra. Y tomar los recaudos necesarios para los casos en que no exista cruces con pavimento efectuar la construcción de pasos de piedra.-
ARTÍCULO 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, registrase, cumplido archivase.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diez días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y cuatro.