ORDENANZA N° 36/93
ARTÍCULO 1°: RATIFICASE TODO LO ACTUADO POR EL D.E.M., CON RELACION A LA FIRMA DEL CONVENIO No. 63 CON EL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PCIA. DE BUENOS AIRES.-
ARTÍCULO 2°: CREESE LA CUENTA ESPECIAL DENOMINADA "PAVIMENTO A BARRIOS PERI-FERICOS, ETAPA I".-
ARTÍCULO 3°: SERAN LOS INGRESOS DE ESTA CUENTA, LOS FONDOS QUE GIRE LA PROVINCIA. EN CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO, Y EGRESOS, LOS PAGOS QUE SE REALICEN CON LA FINALIDAD DE LA EJECUCION DE LA OBRA.-
ARTÍCULO 4°: COMUNIQUESE AL D.E.M., DESE AL R.O., PUBLIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dos días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y tres.