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ORDENANZA N° 36/93

 

ARTÍCULO 1°: RATIFICASE TODO LO ACTUADO POR EL D.E.M., CON RELACION A LA FIRMA DEL CONVENIO No. 63 CON EL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PCIA. DE BUENOS AIRES.-

 

ARTÍCULO 2°: CREESE LA CUENTA ESPECIAL DENOMINADA "PAVIMENTO A BARRIOS PERI-FERICOS, ETAPA I".-

 

ARTÍCULO 3°: SERAN LOS INGRESOS DE ESTA CUENTA, LOS FONDOS QUE GIRE LA PROVINCIA. EN CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO, Y EGRESOS, LOS PAGOS QUE SE REALICEN CON LA FINALIDAD DE LA EJECUCION DE LA OBRA.-

 

ARTÍCULO 4°: COMUNIQUESE AL D.E.M., DESE AL R.O., PUBLIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dos días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y tres.

 

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 02/08/1993