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ORDENANZA N° 33/93

 

ARTÍCULO 1°: CREESE UNA CUENTA ESPECIAL DENOMINADA "PROGRAMA DE ERRADICACION DEL FRAUDE VIAL".-

 

ARTÍCULO 2°: INGRESARAN A ESTA CUENTA ESPECIAL, EL 50 % (CINCUENTA POR CIENTO) DEL TOTAL DE LOS FONDOS PROVINIENTES DE LAS MULTAS APLICADAS Y PERCIBIDAS POR IMPERIO DEL CONVENIO RATIFICADO POR ORDENANZA 23/93.- EL 50 % (CINCUENTA POR CIENTO) RESTANTE INGRESARA A RENTAS GENERALES DE LA COMUNA DE ACUERDO CON LO DETERMINADO EN EL CONVENIO ANTES MENCIONADO.-

 

ARTÍCULO 3°: SERAN EGRESADOS DE ESTA CUENTA ESPECIAL LOS SIGUIENTES: EL 40 % (CUARENTA POR CIENTO) DE LOS FONDOS INGRESADOS, A LA DIRECCION DE VIALIDAD DE LA PCIA. DE BUENOS AIRES, Y 10 % (DIEZ POR CIENTO) RESTANTE, A

LA POLICIA DE LA PCIA. DE BUENOS AIRES.-

 

ARTÍCULO 4°: COMUNIQUESE AL D.E.M., DESE AL R.O., PUBLIQUESE Y CUMPLIDO AR- CHIVESE.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintidós días del mes de julio del año mil novecientos noventa y tres.

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 22/07/1993