Buscador de Ordenanzas

ORDENANZA Nº 66/84

 

ARTÍCULO 1: Instituyese el horario de trabajo para los empleados Municipales del Municipio de Marcos Paz, en 30 (treinta) horas semanales; prestado en 5 (cinco) días corridos de 6 (seis) horas cada uno, cualquiera fuera el estado de Revista de dicho personal a la fecha de la presenta.-

 

ARTÍCULO 2: Exclúyense de la presente Ordenanza, al personal Municipal que presta Servicio, en el Hospital Local, Dr. Héctor J.D'Agnillo, en todas sus ramas, áreas y especialidades.-

 

ARTÍCULO 3: Facultase al Dto. Ejecutivo, a abonar al personal antes mencionado, la efectiva diferencia laborada hasta un régimen máximo de 48 horas semanales, prestado en 6 días corridos de 8 horas cada uno, en concepto de "Jornada Prolongada" hasta el día 9 de Septiembre de 1984

 

ARTÍCULO 4: A partir de la fecha mencionada en el Art. anterior TODO EL PERSONAL MUNICIPAL, de la planta permanente, jornalizados y/o contratados, prestar el servicio en la forma y condiciones establecidas en el Art. Nº 1, de la presente, SIN DISTINCION ALGUNA.-

 

ARTÍCULO 5: Derogase toda disposición anterior, de facto y de jure, que se oponga total o parcialmente a lo manifestado anteriormente, en todo su articulado.-

 

ARTÍCULO 6: La presente comenzar a regir a partir de la 0 hora del día 1º de Septiembre de 1984

 

ARTÍCULO 7: De Forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiocho días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y cuatro.

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 28/08/1984