Observaciones:
> Derogada por la Ordenanza N° 42/2000
ORDENANZA N° 23/2000
ARTÍCULO 1°: Queda prohibido en el Partido de Marcos Paz el establecimiento, sea con carácter permanente o temporario espectáculos circenses y parques de diversiones.
ARTÍCULO 2°: Comuníquese a la Dirección de Inspección dependiente de la Secretaría de Gobierno para su puesta vigencia.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese y cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil.