ORDENANZA Nº 10/2000
ARTÍCULO 1º: Crease la cuenta de terceros DESCUENTOS TASAS MUNICIPALES.
ARTÍCULO 2º: Ingresarán a esta cuenta los fondos que se descuenten de los sueldos de los agentes municipales, de acuerdo a los requerimientos que ellos expresamente realicen, en virtud de las deudas municipales y/o los vencimientos periódicos de tasas y servicios que posean con la comuna, teniendo en cuenta las leyes laborales vigentes y la Ordenanzas inherentes en la materia, y de acuerdo a los procedimientos administrativos normales y habituales.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los once días del mes de mayo del año dos mil.