ORDENANZA N° 15/91
ARTÍCULO 1: Fíjese a partir del 1 de Marzo de 1991 para las distintas categorías del Escalafón Municipal y Concejo Deliberante, los sueldos básicos determinados en el Anexo I que forma parte integrante de la Presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 2: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los catorce días del mes de Mayo del año mil novecientos noventa y uno