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ORDENANZA Nº 18/89

 

ARTÍCULO 1: Créase el Fondo Municipal de Vivienda acorde a lo estipulado en el ARTÍCULO 5 de la Resolución 530/88 del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos. Aires.-

 

ARTÍCULO 2: Impleméntese los medios administrativos necesarios para la creación de la partida correspondiente.-

 

ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los once días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y nueve.

 

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 11/04/1989