ORDENANZA N° 046 / 2021
ARTICULO 1°: Dispóngase, como mano única de circulación la calle AVELLANEDA entre las de COCHABAMBA y FEIJOO, en ese sentido (hacia Feijoo), con estacionamiento mano DERECHA.
ARTICULO 2°: Dispóngase, como mano única de circulación la calle SARMIENTO entre las de FEIJOO y COCHABAMBA, en ese sentido (hacia Cochabamba).
ARTICULO 3°: Dispóngase, y unifíquese, estacionamiento única mano, calle SARMIENTO en toda la extensión desde Feijoo a Salta.
ARTICULO 4°: Dispóngase el doble sentido de circulación a la calle COCHABAMBA en toda su extensión.
ARTICULO 5°: La presente modificación se aplicará una vez que se haya puesto al uso público la obra de pavimentación de calle Avellaneda entre las de Cochabamba y Feijoo.
ARTICULO 6°: El DEM deberá arbitrar en el menor tiempo posible de promulgada la presente la señalización correspondiente.
ARTICULO 7°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los dieciséis días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno.-
Fecha de publicación: 04/10/2021