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ORDENANZA N° 001/2020

(Vetada y modificada parcialmente artículos 1º y 3º por Decreto 853/2020 del DEM y ratificado por Decreto 013/2020 del HCD)

Artículo 1°: Ínstese al DEM a que, juntamente con las áreas técnicas correspondientes, refuerce con efecto inmediato los dispositivos y mecanismos de seguridad vial que considere pertinentes y/o recomienden la Agencia de Seguridad Vial u organismos equivalentes idóneos en la materia, sobre la Ruta Provincial N° 40, hasta tanto se realice la convocatoria instruida en el artículo 3 de la misma Ordenanza”.-

Artículo 2°: Cancélese por el plazo de 90 días la realización de obras de incorporación de reductores de velocidad en el distrito, posponiendo igualmente la recepción, por parte de este Honorable Cuerpo, de solicitudes de los mismos.

Artículo 3°: Instrúyase al DEM a convocar la consulta en luego de la reanudación de plazos procesales y administrativos que se encuentran suspendidos a raíz de la emergencia sanitaria COVID-19, a entidades públicas y/o privadas, académicas y/o técnicas que tengan competencias en la materia a fin de elaborar una propuesta de corto, mediano y largo plazo en pos de la formulación de un Plan Director Vial a incorporarse al Plan Estratégico Participativo 2030

Artículo 4°: Ordénese al DEM a informar a este Honorable Cuerpo las entidades convocadas y las respuestas obtenidas

Artículo 5º: De forma.-

Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los cinco días del mes de marzo del año dos mil veinte.

Fecha de publicación: 30/07/2020

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 05/03/2020