ORDENANZA Nº 013 / 2017
ARTICULO 1°: Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza N° 55/2013 que decía: “Créese la figura del “Sello de Origen” para todos aquellos productos de origen agrícola y/o alimentarios, producidos, transformados y/o elaborados en el Partido de Marcos Paz y que la Autoridad de Aplicación determine, que desarrollen cualidades particulares que le confieren un carácter distinto al resto de los productos del mismo origen, aun en condiciones ecológicas y con tecnologías similares, por la influencia del medio natural y del trabajo del hombre”
Que quedará redactado de la siguiente manera:
Créase la figura del Sello de Origen” para todos aquellos productos de origen agrícola y/o alimenticios, metal mecánico y a todo otro producto fruto de emprendimientos que realcen los procesos de elaboración, procesamiento y fraccionados en el Partido de Marcos Paz y que la Autoridad de Aplicación determine, que desarrollen cualidades particulares que le confieren un carácter distinto al del resto de los productores del mismo origen, aun en condiciones ecológicas y con tecnología similares, por la influencia del medio natural y del trabajo del hombre con empresas más limpias cuidando el medio ambiente encuadrados en las normativas tanto al nivel provincial y/o nacional que regulan los procedimientos.( Léase Ley de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Código Alimentario Nacional y a toda otra norma que regule la actividad productiva)
ARTICULO 2°: Modifíquese el Artículo 3º de la Ordenanza N° 55/2013 que dice: “Se otorgará el “Sello de Origen”, a través de una Autoridad de Aplicación, a aquellos productos, que no solo cumplan con lo establecido en el artículo precedente, sino que también cumplan con las normas de ornato y sanidad que se establezcan mediante la presente y cualquier otro tipo de normativa vigente o a dictarse en el futuro”
Que quedará redactado de la siguiente manera:
Se otorga el “Sello de Origen”, a través de una Autoridad de aplicación, a aquellos productos, que no solo cumplan con lo establecido en el artículo precedente, sino que también cumplan con las normas de ornato, sanidad y seguridad e Higiene en el Trabajo que se establezcan mediante la presente y cualquier otro tipo de normativa vigente o a dictarse en el futuro.
ARTICULO 3°: De forma
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz en el primer día del mes de junio del año dos mil diecisiete.
Fecha de publicación: 16/06/2017