ORDENANZA Nº 53/2010
ARTÍCULO 1°: Incorpórese a la Ordenanza 58/86 en el Art. 7, el inciso “F” con el siguiente texto “Venta de pan, productos de galletería y pastelería envasados”.
ARTÍCULO 2°: Incorpórese en la Ordenanza 58/86 el siguiente artículo “El DEM Reglamentará la presente dentro de los 30 días posteriores a su promulgación”.
ARTÍCULO 3°: De Forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dieciséis días del mes de septiembre del año dos mil diez.