Marcos Paz, 2010, en el Año del Bicentenario
ORDENANZA N° 40/2010
ARTÍCULO 1º: Autorícese a la firma Georgia SA (CRIAVE) a proceder a efectuar el cerramiento provisorio de la calle Arenales entre Sarmiento y Avellaneda.-
ARTÍCULO 2º: El plazo de vigencia de dicha Autorización será de tres (3) años-
ARTÍCULO 3º: Que la empresa Georgia SA (CRIAVE) como contraprestación al cerramiento de las calles mencionadas deberá realizar la pavimentación de la calle Feijoo entre Sarmiento y Balcarce.-
ARTÍCULO 4º: Toda aquella construcción que se realice sobre la mencionada arteria deberá permitir ser retirada sin dañar la estructura de la calle, una vez finalizada la presente autorización.
ARTÍCULO 5º: Autorícese al DEM a desarrollar todas las acciones y/o gestiones tendientes al cumplimiento de la presente.-
ARTÍCULO 6º: De Forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil diez.