ORDENANZA Nº 35/2008
ARTÍCULO 1°: Eximir a la Fundación UURARUM “Allá Vamos” del pago de la tasa, dispuesta en el Título III “Tasas Comerciales”, Subtítulo II “Tasa por habilitación de Comercios e Industrias”, Art. 259°, Inc. “a” de la Ordenanza Impositiva y Fiscal Vigente, para el inmueble registrado catastralmente como. . Circunscripción I – Sección G – Manzana 30b – Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, y 6.-
ARTÍCULO 2°: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.