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ORDENANZA Nº 35/2008


ARTÍCULO 1°: Eximir a la Fundación UURARUM “Allá Vamos” del pago de la tasa, dispuesta en el Título III “Tasas Comerciales”, Subtítulo II “Tasa por habilitación de Comercios e Industrias”, Art. 259°, Inc. “a” de la Ordenanza Impositiva y Fiscal Vigente, para el inmueble registrado catastralmente como. . Circunscripción I – Sección G – Manzana 30b – Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, y 6.-

 

ARTÍCULO 2°: De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 05/06/2008