ORDENANZA N° 33/2000
ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar un préstamo con el Banco de la Provincia de Buenos Aires por hasta la suma de $ 300.000 (pesos trescientos mil), en las siguientes condiciones:
Plazo y forma de pago: hasta 6 años con servicios de amortización semestrales, iguales y consecutivos.
Interés: el 5,5 % anual, pagadero mensualmente; conforme lo establecido por la ley 10.753.
ARTÍCULO 2º: Las obligaciones de pago a asumir por la Municipalidad derivadas del endeudamiento autorizado en el Artículo 1° de la presente, serán garantizadas mediante la cesión al Banco de los derechos emergentes de la recaudación de Tasas y Tributos Municipales y de los fondos que por Coparticipación en Impuestos Nacionales y Provinciales le corresponden a la Comuna.
ARTÍCULO 3º: Los fondos de endeudamiento que se autoriza por la presente serán destinados a la compra e instalación de medidores de agua en el Partido.-
ARTÍCULO 4º: El Departamento Ejecutivo deberá prever en los ejercicios futuros las partidas necesarias para atender los servicios de amortización e intereses del endeudamiento que se autoriza.-
ARTÍCULO 5º: Elévese la presente al Honorable tribunal de Cuentas a los efectos de que éste se pronuncie sobre la legalidad de la operación y las posibilidades financieras de la Comuna.
ARTÍCULO 6°: Comuníquese al D.E.M., dése al R.O., publíquese y cumplido archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil.